miércoles, 19 de mayo de 2010

LEY DE CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES
A continuación una Ley elaborada por los propios productores de la Agricultura Familiar de la Provincia del Chaco. Una Ley que pone en sus manos una herramienta de autonomía e independencia. Una Ley pensada para el desarrollo integral del Agricultor Familiar, incluyendo lo social y lo productivo.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº…………………

NATURALEZA Y FINALIDAD

ARTÍCULO 1º: Créase en la Provincia del Chaco el Régimen de Consorcios de Servicios Rurales, que será entidades de bien público de servicios a la comunidad, sin fines de lucro, integrados por vecinos de una zona determinada con el objeto de aunar esfuerzos y aportes económicos de distinta naturaleza para la ejecución de trabajos en predios rurales de productores de esas mismas zonas, tendientes a posibilitar el laboreo de tierras para la producción agrícola, ganadera, construcción de represas para reservorios de agua, desbosques, destronque y limpieza de terreno para ampliación de zonas de laboreo, acarreo de suelos para ladrilleros, etc.; en un todo de acuerdo con las leyes que regulen dichas actividades. Además cumplirán las siguientes finalidades
1. Relevar las familias rurales en sus zonas de influencia, total de hectáreas existentes, actividad productiva, infraestructura predial y extrapredial y todo otro dato que coadyugue a llevar adelante los procesos productivos.
2. Gestionar y organizar la comercialización en forma asociada generando los instrumentos adecuados, para el acceso a los distintos mercados. Sigue...